Queremos explicar por qué estamos en la mitad de la mayor crisis institucional que ha vivido la República en mucho tiempo; el Ordinal sexto del artículo 277 de la Constitución vigente dice al hablar de la funciones del procurador General de la nación lo siguiente: Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario, adelantar las investigaciones correspondientes e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley.
El procurador general de la nación, jefe del ministerio público, representante de la sociedad colombiana, ante todos los poderes públicos, tiene estas funciones, suyas, exclusivas, es su orbita constitucional.
Ahora aparece la Corte Suprema de Justicia ante una demanda del señor Germán Navas Talero que parece que se ha tomado la Corte por asalto, por lo menos el Corazón de la Corte; llamando al procurador General de la nación a que explique por qué toma ciertas decisiones disciplinarias pero no de cualquiera manera, sino disciplinándolo, es decir disciplina al disciplinador porque tomó ciertas decisiones disciplinarias…
1 comentarios:
Apreciados Señores Como Colombiano pienso que al país le hace falta que los partidos políticos se manifiesten en la plaza pública sobre asuntos tan graves como la desinstitucionalización del Estado que viola en todo la constitución y amenaza con crear un caos social y político. Hace falta que el pueblo colombiano demuestre que le interesa lo que la Corte Suprema, cometiendo pecado mortal contra la patria, hace al destruir el congreso al amparo de testigos descalificables por delincuente, o lo que hace al violar el fuero legal que ampara al Procurador General de la Nación en las funciones de su competencia con el único propósito de obstruir a la justicia.. Todo esto viola profundamente la estructura del Estado de Derecho y pone en peligro a toda la sociedad Colombiana tal como existe. Le ruego, Dr. Fernando, que impulsado por su espíritu demócrata y jurista integral que su autorizada voz proponga para las próximas elecciones presidenciales, que los ciudadanos en ejercicio libre de su derecho de opinión, en un escrito breve y espontáneo, exprese su rechazo o aprobación a dichos comportamientos.
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